En el caso de ser extranjero es necesario consignar el N° de RUC.
A partir del primero de enero del presente año, se pueden deducir del pago de los impuestos los gastos efectuados en restaurantes y hoteles. En este sentido, y de acuerdo con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para que sea admisible la deducción de los importes pagados deberá ser colocado el número de DNI en la boleta electrónica y para el caso de clientes extranjeros es permitido consignar el número de RUC. Es preciso recordar que los trabajadores independientes o dependientes pueden deducir el quince por ciento (15%) de los consumos realizados en hoteles y restaurantes hasta un máximo de S/ 12.600.
En un informe publicado el día lunes, la SUNAT recalcó que es importante que los establecimientos que ofrecen dichos servicios tengan habilitado su sistema con el fin de evitar sanciones; asimismo cuando hacemos referencia a restaurantes nos referimos a: patios de comida de centros comerciales, servicios de delivery, el chifa, la pollería, la pizzería, la cevichería, entre muchos otros; todos ellos están obligados a cumplir con la disposición mencionada. Resulta importante mencionar que el DNI debe estar colocado en el espacio determinado en la boleta para su correcta identificación y no resultará admisible la deducción cuando sea colocado en otro espacio de la boleta.
Finalmente, la SUNAT inició una campaña cuyo fin principal es identificar a aquellos negocios o locales que incumplan la disposición comentada anteriormente e inclusive se pudieran aplicar sanciones por emitir comprobantes de pago que no cumplen los requisitos legales establecidos.
Escrito por: Mba. José Verona – Lic. Cs. Fiscales Fernando Parra.