Respecto a la resolución aprobada por Osiptel, en la cual autoriza (desde el 03 de junio) el corte de servicios de telecomunicaciones a clientes con dos o más recibos impagos, la Defensoría del Pueblo exhortó al organismo supervisor a dejar sin efecto esta disposición porque no “ofrece un sustento sobre las consecuencias actuales y proyectadas de la aplicación de la medida”.
La Defensoría cuestionó los condicionamientos aprobados por las empresas en el otorgamiento de facilidades para el fraccionamiento; así, detalló que Telefónica del Perú ha establecido que solo otorgará el fraccionamiento al 30% de usuarios del servicio móvil residencial (alrededor de 1.4 millones del total de líneas móviles activas que administra.
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Además, Entel Perú limitó el alcance del fraccionamiento a un máximo de 100 mil clientes, es decir, solo al 3.5% de sus más de 2.8 millones de líneas activas; mientras que América Móvil (Claro) excluyó a los usuarios con plan post pago Max 29.90 y aquellos que incurrieron en morosidad dentro de los 3 meses anteriores al Estado de Emergencia.
Por su parte, Viettel SAC solo informó a través de su página web que se habilitaran canales de atención para el fraccionamiento al terminar el periodo de emergencia.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Grupo Verona