DECRETO LEGISLATIVO N° 1372: BENEFICIARIO FINAL

Mundialmente, son diversos países los que han volcado sus esfuerzos para combatir la elusión y evasión fiscal, así como también para la investigación y lucha contra el lavado de activos y financiamiento al terrorismo. En el Perú esa lucha ha sido adoptada formalmente a través del Decreto Legislativo N° 1372, el cual tiene como finalidad identificar al beneficiario final de las personas jurídicas o entes jurídicos exigiendo una Declaración Jurada informativa.

La obligación de identificar, conseguir, renovar, declarar, conservar y suministrar información acerca del beneficiario final es ineludible, aun cuando la persona jurídica o ente se encuentre inmerso en un procedimiento de disolución, de liquidación o quiebra. Ahora bien, resulta importante aclarar a que se refiere este Decreto Legislativo cuando hace referencia a beneficiario final, el cual no es otro sino la persona natural que controla efectiva y finalmente a la persona jurídica o ente jurídico. Resulta pertinente mencionar que también se considera beneficiario final a la persona natural que posee o controla finalmente un cliente o de quien en nombre se realiza una transacción.

Existen también condiciones para poder determinar al beneficiario final, en este sentido, beneficiario final será la persona natural que de forma directa o indirecta posea como mínimo el 10% del capital de una persona jurídica, otra condición se materializa cuando una persona natural que actúe individualmente o con otras personas como unidad de decisión posea capacidad (otorgada por medios distintos a la propiedad) para tomar decisiones como la designación o remoción de los órganos de administración, dirección o supervisión; o tenga el poder de tomar decisiones financieras u operativas.

Finalmente, en el caso de los fideicomisos o fondos de inversión, los beneficiarios finales serán las personas naturales que tengan la investidura de fideicomitente, fiduciario, fideicomisario o grupo de beneficiarios, y en general cualquier otra persona en calidad de partícipe o inversionista que tenga control final efectivo sobre el patrimonio y utilidades.

 

Escrito por: Mba. José Verona – Lic. Cs. Fiscales Fernando Parra.

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