Normativa regula la obligación de las personas jurídicas y entes jurídicos
Mediante Decreto de Urgencia N° 025-2019, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, El Poder Ejecutivo ha modificado la Ley de Impuesto a la Renta (IR), que básicamente se encarga de establecer los derechos de las personas naturales a la devolución automática de los impuestos pagados o retenidos en exceso. Además, regula la obligación de las personas jurídicas y entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios finales.
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La norma dispone ampliar por un año, hasta el 31 de diciembre del año 2020, la exoneración del pago de este impuesto a las fundaciones y asociaciones sin fines de lucro, en el caso de la Ley del Impuesto a la Renta (IR).
Los instrumento de constitución comprende exclusivamente alguno o varios de los siguientes fines: beneficencia, científica, artística, literaria, deportiva, asistencia social, educación, cultural, política, gremiales y/o de vivienda.
Escrito por: Lic. Claudia Bolívar