Finalmente se llevaron a cabo las elecciones de los nuevos representantes del Congreso de la República para el período 2020-2021, con este evento se da inicio a una nueva etapa de la actividad legislativa, que se había suspendido desde el pasado 31 de septiembre tras la disolución del mismo. El nuevo Congreso, además de las funciones propias del parlamento, tiene en su agenda dos labores decisivas que son dar o no el voto de confianza al presidente del Consejo de Ministros actual, y examinar los decretos de urgencia emitidos por el Ejecutivo.
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La Constitución política de 1993 consagró normativamente la figura de los Decretos de Urgencia, convirtiéndolos en un instrumento legal extraordinario, para la dirección política y la gestión presidencial acerca de temas inaplazables y necesarios, quedando establecido en el artículo 135 del texto supremo que, durante el interregno parlamentario, es decir, durante el período comprendido entre la disolución y la instalación del nuevo Congreso, el Poder Ejecutivo legisla a través de decretos de urgencia, de los que da cuenta a la Comisión Permanente para que los examine y los eleve al Congreso una vez que éste se instale.
La principal diferencia que existe entre un Decreto de Urgencia y una Ley es que la última es debatida por los miembros del Congreso, independientemente si se trata de un proyecto del Ejecutivo o iniciativa del mismo Parlamento. Este proyecto se discute en comisiones, y en el pleno, durante un período de tiempo determinado hasta su aprobación o denegación según resulte el caso.
Desde el inicio del paréntesis legislativo hasta la fecha, se han aprobado 68 decretos de urgencia, 45 de ellos en 2019 y 23 más en lo que va de año, al respecto se ha creado una gran controversia entre juristas, constitucionalistas y colectivo en general, originando dos vertientes, un grupo que respalda totalmente las medidas adoptadas y otro sector que considera que el Ejecutivo ha emitido decretos con gran ligereza y sobre temas que no son convenientes. Una vez que se constituya formalmente el nuevo pleno del Congreso, les corresponderá a ellos emitir las conclusiones, es decir, aceptar, modificar o rechazar las disposiciones, sin duda los resultados que se emitan serán decisivos para la gobernabilidad de nuestro país.
Escrito por: Abg. Jessica Navarro