Comisión de Educación aprobó dictamen para asegurar la continuidad de los estudios

La Comisión de Economía del Congreso aprobó un dictamen que dispone medidas para garantizar la continuidad de los estudios en instituciones tanto públicas como privadas, en etapas de educación básica y superior en el contexto actual de emergencia sanitaria por el Covid-19.

Dicha iniciativa plantea que institutos, escuelas superiores, universidades, escuelas de postgrados y demás instituciones de educación superior que dispongan el inicio de su ciclo educativo del año 2020 de forma virtual, deberán ajustar el valor de crédito o pensión, de forma proporcional a la reducción de sus gastos como consecuencias de la implementación de este modo de enseñanzas.

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Además, dicho dictamen indica que bajo ningún concepto el valor del crédito o pensión puede aumentar por la aplicación de dicha modalidad.

Los centros educativos deben enviar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) un reporte que indique el nuevo valor del crédito educativo o de la pensión en un plazo máximo de 20 días desde la publicación de la ley.

Indecopi tendrá un plazo máximo de 10 días naturales para validar el reporte, y las instituciones educativas que omitan lo anterior o que su reporte haya sido declarado inválido están obligadas a reducir el valor de cada crédito en un 20%.

Este dictamen también establece que los centros de educación superior deben postergar el cobro de su pensión y matrícula al menos 30 días luego del reinicio del ciclo lectivo bien sea de forma presencial o virtual. Por otro lado, a pedido del estudiante dichas instituciones están obligadas a prorratear el pago de las deudas generadas en el primer ciclo académico del 2020 en todas las pensiones futuras del estudiante hasta que este termine sus estudios.

Finalmente, tienen la obligación de otorgar a solicitud de las estudiantes el retiro de los cursos, asignatura o de ciclo completo en los que se matricularon, sin costo o penalidad de promedio y de haberse efectuado algún pago del ciclo curso retirado, la institución educativa debe devolver el respectivo monto.

Con información de Andina.

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