CCL: Los efectos tributarios y administrativos con el alza de la UIT

Se modificarán las escalas de los impuestos a pagar, las deducciones tributarias y las multas por infracciones administrativas.
 

Tras conocerse que el nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) – aprobado por el Gobierno – subirá el 2019 de S/ 4,150 a S/4.200, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) recordó que el monto de la UIT se usa como índice de referencia para la declaración y pago del Impuesto a la Renta (bases imponibles, deducciones, límites de afectación, etc.) Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala y otros.
 
“Asimismo la UIT sirve para determinar el monto de los derechos de trámite en la administración pública, la aplicación de sanciones tributarias y administrativas y obligaciones contables”, manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
 
En el cuadro adjunto puede constatar la incidencia de la variación de la UIT en el pago de impuestos, la obligación de llevar libros contables y el embargo de sueldos de trabajadores.
 
 
 
 
Cabe señalar que en los últimos años, la UIT ha registrado las siguientes variaciones: en el 2012 S/ 3.650, en el 2013 S/ 3.700, en el 2014 S/ 3.800, en el 2015 S/ 3.850, en el 2016 S/ 3.950, en el 2017 S/ 4.050, en el 2018 S/ 4.150 y en el 2019 será S/ 4.200.
Fuente: Diario Gestión

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