El Ministerio de la Producción (PRODUCE) aprobó los criterios de focalización territorial y la obligación de informar incidencias del Sector Producción para el reinicio gradual de las actividades industriales y de servicios de la Fase 1 para las industrias del vidrio, papel, cartón, plástico y hielo.
Asimismo, para la industria forestal bien sea maderable o no maderable y servicios de almacenamiento de productos tales como: abono, materias primas agropecuarias, artículos de plástico, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera y hielo para actividades en general.
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La normativa establece que previo al reinicio de actividades, las personas naturales y las empresas deben observar los lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al Covid-19 y deben registrarse en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
Finalmente, la fecha de inicio de las actividades será el día calendario siguiente a la fecha del registro del Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo en el SICOVID-19.
Súmate al esfuerzo por controlar esta emergencia sanitaria, el Perú está en nuestras manos, sigamos las recomendaciones de nuestro Gobierno, quédate en casa”
Escrito por: Grupo Verona.