Desde este lunes 18 de mayo La Asociación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AAFP) habilito su página www.consultaretiroafp.pe para el retiro del 25% del fondo de pensiones, el mismo que al ser retirado pierde su condición de intangibilidad, es decir es sujeta a retención.
Recordemos que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) a través de sus redes sociales aclaró que las cuentas de aportes obligatorios que administran las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) son “intangibles por Ley” dado que su destino es brindar protección al aportante al momento de la jubilación. Sin embargo, cuando se opta por la libre disponibilidad de los fondos en su cuenta individual (y se retira) pierde dicha protección.
Es así como la Ley N° 31017 que aprueba el retiro del 25% de los fondos de la AFP no cuenta con ninguna disposición expresa para preservar dicha condición, por tal motivo el afiliado podría ser y objeto de retención u otra afectación sea por orden judicial y/o administrativa.
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En consideración a ello se dispuso a través del Decreto de Urgencia N° 056-2020, la apertura de cuentas con carácter intangible por parte de las entidades financieras por el plazo de un año una vez recibido el pago.
“las entidades financieras que están aplicando el decreto son BanBif, BBVA, BCP, Caja Huancayo, Interbank y Scotiabank. Es decir, estas entidades no retendrán el dinero del afiliado”, señaló Aldo Ferrini, gerente general de AFP Integra,en entrevista con RPP Noticias.
Al cierre del lunes 18 de mayo se registraron en total 231,128 solicitudes de retiro del 25% del fondo de pensiones, señaló la entidad.
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